Trata de mujeres en la provincia de Espinar Cusco


Isabel Larico Canapatiña, acusada de captar a señoritas inclusive menores de edad mediante comunicados y avisos radiales los días domingos en la provincia de Espinar fue capturado luego de un seguimiento del los agentes del orden.

La mujer dedicada a la trata de mujeres, tras seleccionar a las jóvenes con mejores atributos físicos les prometía trabajo en mostrador, venta abarrotes en grandes supermercados, con buen sueldo.

Posteriormente y en horas de la noche las conducía a Sicuani en su vehiculo particular, para luego trasladarlas hacia la minera La Rinconada ubicada en la región Puno, donde primero los hacia trabajar en bares con fachada de abarrotes, venta se cerveza para posteriormente inducir a ser damas de compañía.

El pasado 10 de enero, 7 jovenes fueron captadas 3 de ellas escaparon, y tras una serie de problemas e inclusive vendiendo sus prendas y celulares lograron retornar a Espinar, para denunciar a la mujer que se encontraba nuevamente captando a mujeres para llevarlas con el mismo destino.

Dirigentes del FUDIE, AUPE piden que las investigaciones sean rápidas y que de inmediato se solicite la intervención de las autoridades para lograr el retorno de las otras cuatro jóvenes que aún permanecen en La Rinconada.


Se considera como Trata de Personas a lo previsto en el "Protocolo de Naciones Unidas para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente Mujeres y Niños" de año 2000, así como en la Ley 28950 Ley contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes: Ley 28950. Artículo 153º.- Trata de personas

Base de proteccion legal Ley Nª 28950

"El que promueve, favorece, financia o facilita la captación, transporte, traslado, acogida, recepción o retención de otro, recurriendo a la violencia, la amenaza u otras formas de coacción, la privación de libertad, el fraude, el engaño, el abuso del poder o de una situación de vulnerabilidad, o la concesión o recepción de pagos o beneficios, con fines de explotación, venta de niños, para que ejerza la prostitución, someterlo a esclavitud sexual u otras formas de explotación sexual, obligarlo a mendigar, a realizar trabajos o servicios forzados, a la servidumbre, la esclavitud o prácticas análogas....será reprimido con pena privativa de libertad no menor de ocho ni mayor de quince años."



Si necesitas una consulta, orientación o quieres denunciar un caso de trata de personas, tráfico ilícito de migrantes o persona desaparecida, puedes comunicarte con nosotros llamando al 446-5834 (Lima)), escribir al correo: : veeduriaciudadana@chs-peru.com o mediante el siguiente formulario:

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