Tribunal Constitucional se haya puesto al servicio de los inversionistas


Señala consejero regional Francisco Choqueneyra

Francisco Choqueneyra, consejero regional por Canchis, lamentó la decisión del Tribunal Constitucional de declarar infundada la demanda presentada por el Cusco para que se declare inconstitucional la cuestionada Ley 29164 -conocida también como ‘Ley Antipatrimonio’.

“Es lamentable comprobar que antes que la defensa del patrimonio cultural legado por nuestros antepasados el Tribunal Constitucional se haya puesto al servicio de los inversionistas, dijo.

“De nada ha servido a esa entidad del Estado, las luchas y sacrificios del Cusco en contra de la norma, pero con su decisión han demostrado que más les interesa el poder del dinero”, precisó en torno enérgico el concejero regional.

Choqueneyra, indicó que se implementará inmediatamente la ordenanza regional para blindar al Cusco a fin de que la mencionada norma no tenga vigencia absoluta.

“Ahora deberemos hacer cumplir lo que señala la Ley 29202 y en consecuencia en la próxima sesión ordinaria del Consejo Regional debe aprobarse el dispositivo que evite que tenga vigencia la Ley 29164 en nuestra región”,indicó.

En efecto, el TC desestimó el lunes pasado la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Gobierno regional de Cuzco contra las "leyes antipatrimonio", al considerar que eran discriminatorias por estimular sólo la infraestructura turística de alta categoría.

Como se recordará, dicha demanda, fue admitida a trámite en agosto de 2008, y pedía declarar la inconstitucionalidad de la Ley 29164 o "Ley de Promoción y Desarrollo sostenible de Servicios Turísticos en los bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación" y la Ley 29167.

La Ley 29164 establece condiciones que buscan favorecer y promocionar el desarrollo de inversión privada que permita la recuperación, restauración, conservación, puesta en valor y desarrollo sostenible de los bienes inmuebles integrantes del patrimonio cultural de la nación.

Mientras que la Ley 29167, recoge el Procedimiento Especial y Transitorio para las licencias de edificación, ampliación o remodelación de establecimientos de hospedaje en zonas aledañas a centros históricos o yacimientos arqueológicos.

En un comunicado de prensa el tribunal Constitucional TC, explicó que si bien el Gobierno regional de Cuzco "argumentaba una posible discriminación al permitir que esta inversión sólo se realice en hoteles y restaurantes de cuatro y cinco estrellas o tenedores", una situación que, a su parecer, se constituía en un "acto de discriminación" y "estaría impidiendo un correcto ejercicio de la libertad de empresa".

Además el TC destaca que las leyes, al hacer una diferenciación en el tipo de inversiones, permite "alcanzar un fin constitucional como es la recuperación, restauración, conservación, puesta en valor y desarrollo sostenible de los bienes inmuebles integrantes del patrimonio cultural".

Dicho dictamen también sostiene que este tipo de inversiones genera un flujo de capitales a través de empresas con cierta solvencia económica y con conocimiento de los servicios que va a brindar, especialmente cuando "está en juego la imagen del Perú como país promotor del turismo", según el comunicado de prensa del TC.

La máxima autoridad constitucional considera que las leyes no obligan ni impiden la inversión en la recuperación del patrimonio nacional, solamente establecen las condiciones y requisitos que deben reunir los empresarios privados que desean invertir en este tipo de actividades.
Comparte en Google

Sobre sicuaninoticias

    Comentar aquí mismo
    Comentar en Facebook

0 comentarios:

Publicar un comentario

Alentamos su opinión, solo recuerde que lo que escribe dice mucho de Ud.