Protocolo para el tratamiento de cadáveres en Perú


Foto: Andina


 “Piensa en esto: un día dejas a tu familiar en el hospital, es aislado, va a UCI, pasan días y te enteras de que murió. No te permiten ver su cuerpo. Y días después, viene un extraño que te entrega unas cenizas en una cajita. Es muy triste”. IDL Reporteros[1]


Así empieza una crónica que a estas alturas ya es cosa del pasado, aunque Joseph Zárate, haya terminado de escribir el 02 de mayo del 2020, el relato sigue vigente, porque con el paso de los días, las condiciones que nos ha tocado vivir no tiene cuando ponerle límite.


Todavía está en nuestra retina las imágenes de Italia[2], donde decenas de camiones trasladaban cadáveres tras el colapso de su sistema de salud, la decisión que debieron tomas los médicos españoles para desconectar el respirador mecánicos a los pacientes.


La provincia de Guayas en Guayaquil muy cerca en el vecino país de Ecuador[3], cuyos cadáveres regados en la vía pública y ataúdes evidenciaron el colapso del sistema funerario de dicho país.


Tras la difusión de imágenes de Iquitos, desbordado, informes de Piura y Chiclayo sin capacidad de recibir contagiados para brindarle asistencia, las autoridades peruanas conformaron un equipo humanitario para el recojo de cadáveres.


Con el confinamiento a cuestas iniciada el 16 de marzo, el gobierno prorrogó cinco veces, la más larga extensión de la medida (y de la emergencia sanitaria), tiene vigencia hasta el 30 de junio.


Pese a que el gobierno se esfuerza por explicar que estamos en una “meseta larga”, los números no ayudan a comprender ni la atenuación ni la disminución de las cifras.




Al cierre de esta nota, el Ministerio de Salud (Minsa) brindó una nueva actualización de la situación del coronavirus en el Perú, los fallecidos aumentaron de 4230 a 4371. Mientras que el número de contagiados en el país subió a 155 671.


El Minsa también informó que el número de hospitalizados es de 8465 y a su vez, que hasta el momento se han muestreado a 1 012 708 personas y que 857 037 han dado negativo por COVID-19. Además, que hasta la fecha hay 66 447 personas que han sido dadas de alta.


Protocolo implementado en el Perú 


El manejo de cadáveres vinculados por COVID-19 está establecido en la Directiva Sanitaria Nº 087-MINSA/2020/DIGESA[4], aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 100-2020-MINSA, del 22 de marzo de 2020.


El Equipo Humanitario de Recojo de Cadáveres (EHRC) está conformado por un médico cirujano, un trabajador de salud ambiental, un chofer y personal de apoyo.

En los siguientes gráficos podemos revisar el procedimiento, por favor haga clic sobre la imagen para ampliar.

Imagen: Digesa

Imagen: Digesa



Anexo:


Procedimiento para el tratamiento de cadáveres[5]


Si fallece en un hospital

Su cuerpo será trasladado a una sala de aislamiento. Será envuelto en una sábana, colocado en una bolsa hermética y rociado con desinfectante. Esta medida de bioseguridad es muy importante porque un cadáver puede contagiar el virus por contacto físico.


Por eso, los familiares podrán despedirse con ciertas restricciones: solo dos parientes deberán estar a una distancia no menor de dos metros para ver el cuerpo de su ser querido. El personal médico les dará equipos de protección personal: guantes de látex, ropa quirúrgica, mandil largo descartable, gafas antiniebla, protectores o escudos faciales, respiradores N95 o FPP2, botas o cobertores de zapatos impermeables y descartables.


Bajo ningún supuesto, los parientes pueden tener contacto con el cuerpo o con los objetos personales del fallecido que pudieran estar contaminados.


El cadáver será llevado a un crematorio dentro de un plazo máximo de 24 horas. Si no se puede hacer la cremación, se buscará una parte alejada de un cementerio para enterrar el cadáver.


Si fallece en su domicilio


Los familiares deben llamar al número de emergencia 105 para reportar el fallecimiento de su ser querido por COVID-19. De esta manera, la policía registra el caso y se encarga de comunicarse con la fiscalía y el personal sanitario para acudir al domicilio.


Después de que constatan que la muerte no se produjo por causas criminales, el equipo humanitario coloca el cadáver en una bolsa hermética y le rocía desinfectante. El procedimiento debe realizarse dentro de las 24 horas siguientes a la muerte de la persona.


Una vez que es el cuerpo es colocado en la bolsa hermética, esta no puede abrirse por motivo alguno. De hecho, la cremación del cuerpo se realizará sin sacarlo de esa bolsa o, como segunda opción, será colocado en un ataúd para inhumar el cuerpo sin abrir el féretro.


Si la persona falleció con síntomas de la enfermedad y sin haberse realizado una prueba molecular o serológica para confirmar su diagnóstico, será considerada como un caso confirmado de COVID-19.


De no contar con seguro de salud, el financiamiento para la cremación o entierro (inhumación) será asumido por el Seguro Integral de Salud (SIS), que realizará las acciones administrativas y financieras que corresponden.


Si fallece en la vía publica


Un policía y un fiscal harán el levantamiento del cadáver en un plazo de 24 horas. El equipo humanitario cumplirá con su labor de colocar el cuerpo en una bolsa impermeable y rociarlo con desinfectante. Después, se dispondrá la cremación o inhumación.


Si hubiera evidencia de un acto criminal, el personal de salud reportará el hecho al Ministerio Público para que autorice la necropsia de ley, que se realizará con los cuidados exigidos y con un número mínimo necesario de participantes.


La cremación y recepción de cenizas


Uno o dos parientes pueden ser autorizados a presenciar la cremación del cuerpo. Para ello, deben contar con el acta de defunción emitida por la autoridad de salud y la copia del DNI del fallecido.

Solo se entregarán las cenizas a los deudos si ellos así lo piden en un plazo máximo de 24 horas posteriores a la cremación. De lo contrario, no se entregarán sus cenizas.


Sobre los entierros en cementerios


Las nuevas disposiciones permiten que máximo cinco parientes directos estén presentes en la inhumación. Para ello deberán contar con el acta de defunción y la copia del DNI de su ser querido. Sin embargo, está prohibido el velorio o cualquier ceremonia de características similares.


Si el cementerio se ubica en medio de la ciudad y no hay espacios, el equipo humanitario de salud buscará un terreno en coordinación con beneficencias y municipios. Como no habrá tiempo para construir un camposanto, en las zonas seleccionadas se colocará una identificación de la persona enterrada en condiciones dignas y con respeto a los deudos.




Imagen: Digesa



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